Padres e hijos

Incapacidad por maternidad: 5 dudas resueltas por si necesitas pedirla

Si estás embarazada y trabajas, esto te interesa. Las mujeres aseguradas tienen derecho durante el embarazo y cuarentena a un descanso y subsidio por parte de la empresa en la que laboran y del servicio de seguridad social al que esté afiliadas. Aquí despejamos tus dudas para tramitar su incapacidad por maternidad para que puedas descansar y pasar más tiempo con tus hijos.

Tanto si estás dada de alta en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) como si eres parte del ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado), cuentas con el derecho de incapacidad por maternidad.

Y es que tu cuerpo sufrirá muchos cambios durante el embarazo y después del embarazo. Sentirás desde náuseas con o sin vómitos hasta aumento en la cantidad de micciones. Hay que tomar ciertas precauciones y, cuando el embarazo está avanzado, descansar.

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Así es como funciona en el caso del IMSS y del ISSSTE | Foto: Unsplash

Preguntas frecuentes sobre la incapacidad por maternidad

Tu bebé consumirá gran parte de tu tiempo. Además, podrías afrontar condiciones como la depresión o el estrés postraumático tras el parto y gestionar tus emociones te tomará algunos días. Por eso, toma en cuenta estos detalles sobre la incapacidad por maternidad:

  • ¿Cómo iniciar el proceso? En el IMSS y en el ISSSTE, puedes atenderte con sus médicos o en instituciones externas, pero acudir durante la semana 34 de gestación para que uno de sus profesionales certifique tu embarazo.
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Notifica a tu médico en en el IMSS o en el ISSSTE | Foto: Unsplash
  • ¿Cuánto dura? Si estás afiliada al IMSS, se te otorgarán 84 días de descanso: 42 antes del parto y 42 después del parto. En el caso del ISSTE, te ofrecen 90 días: 45 antes de la fecha probable de parto y 45 después del parto.
  • ¿Cuánto recibiré durante mi incapacidad por maternidad? El pago es igual al 100% del último salario diario de cotización que percibiste antes de la incapacidad y de acuerdo al número de días que cada institución ofrece.
  • ¿Qué pasa si mi bebé llega antes de la fecha estimada? El IMSS cubre a la asegurada 42 días posteriores al parto sin importar que el periodo previo haya sido más corto. Y con el ISSTE hay que tomar en cuenta 45 en lugar de 42 días.
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Revisa cuánto y cómo cobrarás tu incapacidad | Foto: Unsplash
  • ¿Qué pasa si mi bebé llega después de la fecha estimada? En ambos casos, el seguro cubre a la asegurada los subsidios correspondientes a los días adicionales, se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad.

Cuando confirmes que estás embarazada, puedes calcular cuántas semanas tienes y a partir de ello empezar a organizar tus actividades y la forma en que distribuirás tus ingresos. Haz válidas las prestaciones a las que tienes derecho por ser una trabajadora asegurada.

Dale a tus hijos el tiempo que merecen. Empieza ya con tus trámites de incapacidad.

Con información de IMSS e ISSSTE.

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