Se han catalogado diversas adicciones, y una de las más perjudiciales, es el consumo del tabaco,a a razón de ello se hizo una modificación a la ley. Te compartimos dónde sí y dónde no se puede fumar ahora y de cuánto es la multa.
El día 16 de diciembre, el presidente de México Andrés Manuel López Obrador expidió un decreto donde se añadieron y derogaron algunos artículos del «Reglamento de la Ley General para el control del tabaco”.
Lo anterior tiene el fin de poder hacer mucho más “duras” las normas hacia el consumo y publicidad del tabaco.
¿De cuánto es la multa por consumir cigarro? Toma nota| Fuente: Freepik
De entre los cambios, que deben entrar en vigor 30 días después de que se publicara el decreto, el día 15 de enero estas ya se pusieron en marcha, y destacan: los lugares que sí tienen permitido los lugares en que se puede fumar, y además, aquellos donde queda estrictamente prohibido.
Y ahora, es importante que tomes muy en cuenta si sueles fumar, qué lugares tienen prohibida tal acción.
¿Dónde no se puede fumar ahora? Toma nota
Estos lugares que ahora tienen prohibido el fumar son “todo espacio destinado al acceso público para el desarrollo de actividades deportivas, artísticas, culturales, y de entrenamiento, tanto del ámbito público como privado, independientemente si está cubierto por un techo y confinado por paredes o que la estructura sea permanente o temporal”
Los lugares donde está prohibido fumar son:
- Patios
- Terrazas
- Balcones
- Parque de diversiones
- Áreas de juego de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes
- Parques de desarrollo urbano
- Deportivos
- Playas
- Centro de espectáculos y entretenimiento
- Canchas
- Estadios
- Arenas
- Plazas comerciales
- Mercados
- Hoteles
- Hospitales
- Centros de salud
- Clínicas médicas
- Sitios de culto religioso
- Lugares de consumo o servicio de alimentos de bebidas
- Paraderos de transporte
Los anteriores son lugares que ya tienen prohibido fumar, ya que, si no se sigue lo establecido en el “Reglamento de la Ley General para el control del tabaco”, hay sanciones.
Y ya sea el establecimiento, o bien los consumidores, serán acreedores de una sanción administrativa, y puede ser alguna de estas 4:
- Amonestación con apercibimiento
- Multa: Llega a ser hasta cien veces el salario mínimo general diario si fumas en lugares donde está prohibido; y de hasta 4.000 veces el salario para los establecimientos que incumplan su etiqueta de 100% libres de humo de tabaco
- Clausura temporal o definitiva: el cierre temporal se determina según lo estipulado en el artículo 425 y 426 de la Ley General de Salud)
- Arresto hasta por treinta y seis horas (el arresto se determina según lo estipulado en el artículo 427 de la Ley General de Salud).
Ahora ya sabes qué lugares tienen prohibido que se fume, así que toma tus precauciones y evita el consumo de tabaco en lugares que ya no lo permiten.
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